Ordena el cese inmediato del pago con horas cátedra a docentes que no tienen título y devolución de más de 32 mil pesos del incentivo docente

Lun 09/12/13 15:55 hs.-La Licuadora tuvo acceso a un informe del Tribunal de Cuentas de la Provincia a partir de una denuncia anónima presentada el día 28 de Noviembre pasado donde están involucrados al menos cuatro docentes, ellos son Máximo Martinazzo, Raquel Gonzalez, Adriana Montesano, Eduardo Benitez y Gustavo Onyscczuk. El órgano de control constató que se le pagó fondos indebidos a Martinazzo por más de 32.000 pesos en dos pagos y que Montesano y Gonzales cobraron haberes con horas cátedras sin poseer título habilitante. Se evalúan Sanciones para la Ministra Sandra Molina, la secretaria María Elena Ventura y la inmediata devolución de la suma abonada a Martinazzo, como así también el cese inmediato del pago con horas cátedra para funciones que no sean específicamente docentes a quienes no acrediten los requisitos exigidos según la normativa en vigencia.

En el caso de Martinazzo se investigó cuáles fueron las liquidaciones entre marzo y Mayo de 2009 y cuantificar el presunto perjuicio fiscal a la provincia por deficiente liquidación y se desprende de los extractos bancarios el pago de haberes por $ 32.126,57 el 13/05/09 por caja del Banco de Tierra del Fuego en efectivo, el 27/05/09 la suma de $ 3000 y el 16/06/09 la suma de 29.126,57 con las leyendas Incentivo docente según informan las áreas Dirección General de Haberes y Ia dirección de Recursos Humanos de la Provincia, expediente Nº 6612-sg-2013 del registro de la gobernación. Todo en concepto de incentivo docente.
La liquidación de Martinazzo constituiría perjuicio fiscal toda vez que dicha liquidación no respondería a una liquidación de haberes respecto a la situación de revista del nombrado y se solicita el recupero inmediato de los fondos indebidamente liquidados que pertenecen al Fondo Nacional de Incentivo Docente

Pago con horas cátedra a docentes sin titulo.

Raquel Gonzalez y Marcela Montesano, poseen título secundario con orientación agraria y polimodal ciencias naturales respectivamente, pero aun así realizaron tareas de auxiliar técnico-docentes y tareas administrativas y recibieron sus haberes a través del pago de horas catedra, lo que está debidamente acreditado en la Dirección General de haberes y extractos bancarios pertinentes. También se visualiza la liquidación función docente, fondo nacional de incentivo docente, ayuda material didáctico, pero en el periodo analizado 01/01/12 al 31/12/12 no se encontraban habilitados registros en los cuales se pudiera asentar que los nombrados Raquel Gonzalez, Adriana Montesano, Eduardo Benitez y Gustavo Onyscczuk, han prestado servicio efectivamente por los cuales se les abonara . Del estudio se desprende también que Adriana Montesano en los meses de octubre, noviembre y diciembre ha trabajado en la empresa Tecnosur S.A CUIT 30710418302 de donde no se obtuvo respuesta al requerimiento. Ambas realizaron tareas en el Gimnasio de la Escuela 21, como auxiliar técnico docente.
Para el Tribunal de Cuentas es improcedente la incorporación de Gonzales y Montesano dentro del régimen docente en virtud que no poseen títulos habilitantes para ejercer la función de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional 17.473, las tareas que cumplieron las nombradas no se condicen con la función docente y resulta improcedente que se les liquide con horas catedra las cuales fueron creadas para cubrir la función docente. A pesar de esto no se desprende perjuicio fiscal en virtud de las respuestas aportadas desde la Coordinación Provincial de Educación Fisica aunque no pudo encontrarse registro de la asistencia diaria de los agentes.
Para el Tribunal de Cuentas se vislumbra la concreción de una serie de irregularidades administrativas las cuales deben ser subsanadas y se recomienda el cese de la utilización de Horas Catedra para el cumplimiento de funciones que no sean específicamente docentes en el marco del Área Coordinación Provincial de Educación Física y respetar el ingreso a la función docente según los procedimientos establecidos en la normativa vigente.

Sanciones a la Ministra de Educación y la Secretaria.
Por lo expuesto se evalúa aplicar sanciones al Ministra Sandra Molina, la secretaria Maria Elena Ventura, y el coordinador Provincial de Educación Física, Gustavo Onysczuk, resultando manifiesto la omisión de controles pertinentes por parte de los nombrados funcionarios lo que permitió la generación de falencias descritas en el presente informe.

Orden de devolver los fondos

Finalmente en el informe se señala que los fondos deberán ser devueltos al cuenta originaria del Fondo de Incentivo Docente Ley 25.053, informar debidamente al Tribunal de Cuentas en el plazo de 20 días en carácter de intimación y bajo apercibimiento de la aplicación de las sanciones correspondientes, notificando a a la Secretaria de recursos Humanos Graciela Silvia Arguello, a la Subsecretaria de Recursos Humanos Alejandra del Carmen Coihuin Maldonado y al subsecretario de Haberes Pablo Marcelo Federico Ruso.

Se investigan mas irregularidades.

Según el informe podría haber muchos mas casos similares y se está investigando cual ha sido el perjuicio fiscal ocasionado por estas practicas que hasta ahora eran rumores pero ahora han sido confirmadas a través de una investigación plasmada en un informe de 18 paginas, que contiene todo lo expuesto por abogados, contadores y especialistas en el tema.

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