Ante comentarios poco claros

Lun 16/09/13 17:17 hs.- Ante comentarios que generaron inquietud entre los trabajadores de la industria argentina por la supuesta instalación de Zonas Francas en Rio Gallegos, es conveniente aclarar que dentro de las zonas francas no se pueden instalar fabricas, ya que son lugares de transito de mercancías, no de producción. Aquí un informe para aclarar todo.

En la República Argentina, las leyes nro. 5142 y 8092 consideran a las zonas francas como instrumentos aptos para facilitar el comercio y la industria exportadora.
Con el auge de los sistemas informáticos y de los transportes y de las telecomunicaciones se facilitó el surgimiento de las zonas francas. En estos últimos años, las zonas francas en países poco desarrollados se convirtieron en una alternativa idónea para limitar la inmigración ilegal a países potencialmente ricos.

La ZONA FRANCA es un ámbito en el cual las mercancías no están sometidas al control habitual del servicio de aduanas y su introducción y extracción no están gravadas con el pago de impuestos o tributo alguno, salvo las tasas retributivas de servicios que pudieran corresponder, ni alcanzadas por prohibiciones de tipo económico, pues no constituye un Territorio Aduanero.
Si ensayásemos una definición de Zona Franca diríamos que es un espacio del territorio nacional de un Estado, donde la legislación aduanera no es plenamente aplicable o se establece un tratamiento aduanero diferencial, es decir donde las mercaderías de origen extranjero pueden ingresar y permanecer, transformándose o no en otros bienes, sin estar sujetas al régimen tributario normal de ese Estado.
Tanto la introducción como la salida de mercadería en la Zona Franca se considerarán como importación y exportación respectivamente. La permanencia de las mismas puede ser indefinida, pues no existe plazo para su extracción o retiro.

Según el Decreto nro. 2409/93, las zonas francas pueden ser clasificadas como:
1. ZONA FRANCA DE ALMACENAMIENTO
2. ZONA FRANCA COMERCIAL.
3. ZONA FRANCA INDUSTRIAL

La ZONA FRANCA DE ALMACENAJE recibe la mercancía sólo a la espera de un destino posterior. En ella, esta mercadería puede ser objeto únicamente de todas las acciones necesarias para conservarlas en buen estado y de manipulaciones comunes para mejorar su presentación, calidad comercial o acondicionarla para el transporte.

La ZONA FRANCA COMERCIAL es aquella en la cual la mercadería además puede ser comercializada, utilizada o consumida.

La ZONA FRANCA INDUSTRIAL tiene por objetivo la creación de complejos industriales transformadores de materias primas con cierta incidencia de materiales extranjeros.

¿Qué es un área aduanera especial?
Es aquella en la cual:
· Los tributos que gravaran la importación para consumo y la exportación para consumo no excedieran el 75% de los que rigieren en el territorio aduanero general.
· No son aplicables prohibiciones de carácter económico
· Debe ser establecida por ley.
Por la Ley nro. 19640 se creó el Área Franca constituida por Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, excepción hecha del territorio nacional correspondiente a la Isla Grande de Tierra del Fuego.
Asimismo, se constituye el Área Aduanera Especial con el territorio nacional constituido por la Isla Grande de Tierra del Fuego comprendido en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Régimen General de Zonas Francas

La Ley nro. 24.331 modificada por la Ley nro. 24.756, facultó al Poder Ejecutivo Nacional a crear en el territorio de cada provincia una zona franca, incluyendo las ya existentes a los efectos del cómputo, más 4 adicionales a ser ubicadas en regiones que, por su situación crítica y/o vecindad con otros países, así lo justifiquen.

Objetivos.
El objetivo de establecer una zona franca consiste en impulsar el comercio y la actividad industrial exportadora, facilitando la eficiencia para así lograr una real disminución de costos y favorecer la inversión y el empleo.

Actividades
En las zonas francas se pueden llevar a cabo actividades de:
1) almacenamientos,
2) comerciales,
3) servicios,
4) industriales (solamente para su exportación).

La única excepción al punto 4), es la fabricación de bienes de capital que no registren antecedentes de producción en el territorio aduanero general ni en las áreas aduaneras especiales.

La autoridad de aplicación en materia de zonas francas es el Ministerio de Economía a nivel nacional, y respecto a las provincias que adhieran a la norma, constituirán en el ámbito de cada poder ejecutivo provincial una comisión de Evaluación y Selección (evaluación del proyecto, elaboración de reglamentos de funcionamiento, llamado a licitación y adjudicación, etc.)
La explotación de la zona será de carácter privado o mixto y las obras de infraestructura correrán por cuenta del concesionario/permisionario.
Los usuarios, esto es, quienes alquilan los lotes para desarrollar sus actividades comerciales o industriales, podrán ser personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras. Al respecto tendrán la obligación de llevar una contabilidad separada de otras actividades o sociedades del mismo titular instaladas en el territorio aduanero especial o general.

Régimen Fiscal y Aduanero

Las disposiciones del Código Aduanero (Ley nro. 22415) rige en todo el ámbito terrestre, acuático y aéreo sometido a la soberanía de la nación.
Dentro del ámbito indicado, territorio aduanero es aquel en el cual se aplica un mismo sistema arancelario y de prohibiciones de carácter económico a las importaciones y exportaciones. De esta definición surgen los conceptos de:

Territorio nacional: Concepto netamente jurídico y

Territorio aduanero: Concepto jurídico-aduanero.

Por lo tanto, dentro de un mismo territorio aduanero se aplica un único sistema arancelario y de prohibiciones a las importaciones y exportaciones. De aquí se obtienen las definiciones de:
Importación = Introducción de cualquier mercadería a un territorio aduanero
Exportación = Extracción de cualquier mercadería de un territorio aduanero.

El artículo 3 del Código Aduanero establece que las zonas francas no constituyen territorio aduanero, ni general ni especial, aplicándoseles la normativa específica vigente. Es decir:

– Las mercaderías que ingresen desde el exterior a la zona franca, estarán exentas de los tributos que graven su importación para consumo.
– Las mercaderías que salgan de la zona franca hacia el exterior estarán exentas de los tributos que gravaren su exportación para consumo.

Con relación a las operaciones con el territorio aduanero general, las mercancías que se introduzcan a la zona serán consideradas como una exportación suspensiva por lo que deberá facturarse el Impuesto al Valor Agregado. Asimismo, las que se extraigan de la zona con destino al territorio aduanero general serán consideradas como una importación.
En cuanto a los estímulos a la exportación, si ésta se realiza desde el territorio aduanero general a la zona, se liquidarán dichos estímulos cuando la mercadería fuere extraída de dicha zona hacia otro país.

Resumiendo, las zonas francas, contemplan generalmente entre sus franquicias lo siguiente:

1-Exención de impuestos nacionales, provinciales y municipales o departamentales.
2-Exención de derechos, tasas, contribuciones e impuestos a la exportación.
3-Libertad cambiaria y derechos de repatriación de fondos en moneda extranjera provenientes de operaciones en la zona.
4-Otorgamiento de líneas de crédito a tasas preferenciales para prefinanciar y financiar exportaciones.
5-Obtención de créditos blandos de la banca oficial, sujetos o no a la compra de bienes nacionales, para la financiación del capital activo de las empresas industriales
6-Exención de derechos aduaneros y de tasas y contribuciones a la importación de materia prima, insumos, productos para envases y embalajes, partes y piezas, máquinas y equipos, repuestos, muestras, moldes y todo otro elemento necesario para la producción.
7-Exención impositiva sobre el capital activo neto y / o ganancias y dividendos.

Zonas Francas y el Mercosur

Los países integrantes del Mercosur aplicarán el arancel vigente a terceros países a las mercaderías provenientes de zonas francas y de ser pertinentes a dichas mercaderías se les aplicará la normativa de la Organización Mundial del Comercio en materia de cláusulas de salvaguardia y subsidios si es que se presentan las condiciones que tratan dichos acuerdos.

Respecto de las áreas aduaneras especiales de Manaos, en Brasil, y Tierra del Fuego, en Argentina, podrán funcionar bajo ese régimen hasta el año 2013. Ambos países brindan a los productos originarios de dichas áreas el tratamiento de mercaderías negociadas en el Mercosur.

Zonas Francas y la Aladi

Las mercaderías de los países que conforman la Aladi (Asociación Latinoamericana de Integración) que cumplan con los requisitos de origen, son consideradas zonales y alcanzadas por la preferencia porcentual pactada, si son, además, procedentes:
– del país socio que las produjo;
– de zonas francas radicadas en el país socio que las produjo;
– de zonas francas radicadas en nuestro país (Ley nro. 24331) si las mercaderías procedieran directamente del país socio que las produjo.
(Circular Telex nro. 167/97 de la Administración Nacional de Aduanas)

La Zona Franca de La Plata

Luego de un intervalo de 85 años por los decretos nros. 1668/91; 1159/92 y 1788/93, fueron reglamentadas las leyes nros. 5142 y 8092, por lo cual se constituyó en el puerto de La Plata una zona franca.

En el ámbito de la zona podrán desarrollarse actividades comerciales, de servicio e industriales, éstas últimas solamente con la finalidad de exportar la mercadería resultante. Sin embargo, los bienes de capital que no se produzcan en el país de acuerdo con las nóminas confeccionadas al efecto, se podrán exportar al Territorio Aduanero General.

Por otra parte, las mercaderías pueden ser objeto de las operaciones necesarias para asegurar su conservación y de las manipulaciones ordinarias destinadas a mejorar su presentación o su calidad comercial o acondicionarlas para el transporte, tales como divisiones o consolidación de bultos, formación de lotes, clasificación y cambio de embalaje. Asimismo, la mercadería podrá ser negociada mientras permanezca depositada en la zona.

Otras Zonas Francas en la Argentina

Por disposiciones reglamentarias: Decretos nros. 1668/91; 1935/92; 2034/92 y 2409/93.

Tiendas Libres
Ley nro. 22056
República de Bolivia – Zona Franca en el puerto de Rosario
Leyes nros. 18.368 y 21.497
Zona Franca de Villa Constitución
Decreto nro. 2409/93
Zona Franca en el puerto de Concepción del Uruguay
Ley nro. 8092
La Plata y en el puerto de Santa Fe
Ley nro. 5142

PRINCIPALES ZONAS FRANCAS EN EL MUNDO
(y tipo de Zona Franca)

AFRICA
Nombre
País
Tipo de Zona Franca
Dakar
Senegal
Industrial
Khartoum
Sudán
Comercial
Tánger
Marruecos
Comercial / Industrial
Monrovia
Liberia
Industrial
Alejandría
Egipto
Comercial / Industrial
Suez
Egipto
Comercial
Said
Egipto
Comercial
Zarzis
Túnez
http://www.zfzarzis.com.tn
Camerún
Camerún
Comercial

AMERICA CENTRAL
Nombre
País
Tipo de Zona Franca
Colón
Panamá
http://www.colonfreezone.com / Comercial / Industrial (la mayor de Occidente)
Puerto Cortés
Honduras
Comercial / Industrial
Santo Tomás de Castilla
Guatemala
Comercial / Industrial
Ponce
Puerto Rico
Comercial
Metro Free Zone
Costa Rica
http://www.metrofz.co.cr / Comercial
Gran Bahama
Bahamas
Comercial
Guadalupe
Guadalupe (Francia)
Comercial
Martinica
Martinica (Francia)
Comercial
Cul-De-Sac Bay
Santa Lucía
Comercial / Industrial
Santiago de los Caballeros
República Dominicana
Comercial
Santo Domingo
República Dominicana
Comercial
Romana
República Dominicana
Industrial
San Pedro Marcoris
República Dominicana
Industrial
Puerto Plata
República Dominicana
Industrial
Kingston
Jamaica
Comercial / Industrial
Bridgetown
Barbados
Comercial / Industrial
Aruba
Aruba (Holanda)
Comercial / Industrial
Curacao
Curacao (Holanda)
Comercial / Industrial

AMERICA DEL NORTE
Nombre
País
Tipo de Zona Franca
New York City
U.S.A.
Comercial / Industrial
New Orleans
U.S.A.
Comercial / Industrial
San Francisco
U.S.A.
Industrial
Seattle (Washington)
U.S.A.
Comercial
Mayaquez (Puerto Rico)
Puerto Rico – Estado libre asociado a U.S.A.
Industrial
Toledo (Ohio)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Honolulu (Hawaii)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Bay County (Michigan)
U.S.A.
Comercial
Mc Allen (Texas)
U.S.A.
Industrial
Little Road (Arkansas)
U.S.A.
Industrial
Kansas City
U.S.A.
Comercial / Industrial
Sault Ste. Marie (Michigan)
U.S.A.
Industrial
San José (California)
U.S.A.
Industrial
Omaha (Nebraska)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Portsmouth (Virginia)
U.S.A.
Comercial
Dorchester County (South Carolina)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Chicago
U.S.A.
Comercial / Industrial
Buffalo (New York)
U.S.A.
Industrial
Pittson (Pennsylvania)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Shenandoah (Georgia)
U.S.A.
Industrial
Boston
U.S.A.
Comercial / Industrial
New Bedford (Massachusetts)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Louisville (Kentucky)
U.S.A.
Industrial
Salt Lake City (Utah)
U.S.A.
Comercial
Granite City (Illinois)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Miami
U.S.A.
Comercial
Pittsburgh (Pennsylvania)
U.S.A.
Industrial
Niagara County (New York)
U.S.A.
Industrial
Philadelphia
U.S.A.
Comercial / Industrial
Galvestone (Texas)
U.S.A.
Industrial
Orange County (New York)
U.S.A.
Industrial
Spartanburg (South Carolina)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Dallas (Texas)
U.S.A.
Industrial
Cleveland (Ohio)
U.S.A.
Comercial
Milwakee (Wisconsin)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Orlando (Florida)
U.S.A.
Industrial
Battle Creek (Michigan)
U.S.A.
Industrial
Morris County (New Jersey)
U.S.A.
Industrial
Portland (Oregon)
U.S.A.
Industrial
Cincinatti (Ohio)
U.S.A.
Industrial
Campbell County (Kentucky)
U.S.A.
Industrial
Tucson (Arizona)
U.S.A.
Industrial
Newark (New Jersey)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Long Beach (California)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Duluth (Minnesota)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Suffolk County (New York)
U.S.A.
Comercial
Rogers County (Oklahoma)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Clinton County (New York)
U.S.A.
Comercial / Industrial
Burlington (Vermont)
U.S.A.
Industrial
Oakland (California)
U.S.A.
Comercial
Acklenburg (North Carolina)
U.S.A.
Comercial
Lincoln (Nebraska)
U.S.A.
Industrial
Bangor (Maine)
U.S.A.
Comercial / Industrial

AMERICA DEL SUR
Nombre
País
Tipo de Zona Franca
La Plata
Argentina
http://www.gba.gov.ar/zf/tapazf.htm / Comercial
Córdoba
Argentina
Comercial / Industrial
Mendoza
Argentina
Comercial / Industrial
Tucumán
Argentina
Comercial / Industrial
Villa Constitución – Santa Fe
Argentina
http://www.zfs.org.ar / En etapa de construcción
Comodoro Rivadavia
Argentina
http://www.zonafranca.com.ar / En etapa de inicio de obras
San Luis
Argentina
Comercial / Industrial
Colonia del Sacramento
Uruguay
http://www.rainbow.com.uy / Industrial
Nueva Palmira
Uruguay
Industrial
Montevideo
Uruguay
http://www.zfm.com / Comercial / Industrial
Esmeraldas
Ecuador
Comercial
Manaos
Brasil
Comercial
Iquique
Chile
http://www.zofri.cl / Industrial
Punta Arenas
Chile
http://www.parenazon.com /Industrial
Valencia
Venezuela
Comercial
Paranagua
Venezuela
Industrial
Margarita
Venezuela
Comercial / Industrial
Buenaventura
Colombia
Comercial / Industrial
Barranquilla
Colombia
Comercial / Industrial
Cartagena
Colombia
Comercial / Industrial
Palmaseca (Cali)
Colombia
Comercial / Industrial
Cucuta
Colombia
Industrial
Isla de San Andrés
Colombia
Comercial / Industrial
Leticia
Colombia
Industrial
Providencia
Colombia
Industrial

EUROPA
Nombre
País
Tipo de Zona Franca
Helsinki
Finlandia
Comercial
Turuku
Finlandia
Comercial
Hanko Lappeenrata
Finlandia
Comercial
Loviisa
Finlandia
Comercial
Bourgas
Bulgaria
http://www.bse.bg / Comercial
Copenhague
Dinamarca
Comercial / Industrial
Viena
Austria
Comercial / Industrial
Linz
Austria
Comercial / Industrial
Graz
Austria
Comercial / Industrial
Innsbruck
Austria
Comercial / Industrial
Hamburgo
Alemania
Comercial / Industrial
Bremen
Alemania
Comercial / Industrial
Bremenhaven
Alemania
Comercial / Industrial
Barcelona
España
Comercial
Cádiz
España
http://www.infor.es/zona / Comercial
Trieste
Italia
Comercial / Industrial
Venecia
Italia
Comercial / Industrial
Nápoles
Italia
Comercial
Leghorn
Italia
Comercial
Savona
Italia
Comercial
Reikiavik
Islandia
Comercial
Keflavik
Islandia
Comercial
Akureyri
Islandia
Comercial
Ostrava A.S.
República Checa
http://www.freezone.cz / Comercial
Belgrado
Yugoslavia
http://www.szns.co.yu / Comercial
El Pireo
Grecia
Comercial
Salónica
Grecia
Comercial

ASIA
Nombre
País
Tipo de Zona Franca
Hong Kong
China
Comercial / Industrial
Bayan Lepas
Malasia
Industrial
Prai Wharves
Malasia
Industrial
Pulau Jerejak
Malasia
Industrial
Ampang Kelang
Malasia
Industrial
Teluk Garang
Malasia
Industrial
Sungai Subsang
Malasia
Industrial
Batu Berendam
Malasia
Industrial
Tanjong Kling
Malasia
Industrial
Senai
Malasia
Industrial
Pasir Gudang
Malasia
Industrial
Masan
Corea
http://www.mocie.go.kr/masan/eindex.htm / Comercial
Ajman
Emirato de Omán
http://www.ajmanfreezone.com / Comercial
Hamriyah Free Zone, Sharjah
Emiratos Árabes Unidos
http://www.hamriyahfz.com / Comercial
Srarjah Airport Commercial
Emiratos Arabes Unidos
http://www.saif-zone.com / Comercial
Bangkok
Tailandia
Industrial
Minburi
Tailandia
Industrial
Samut Prakarm
Tailandia
Industrial
U-Tapao
Tailandia
Industrial
Songkla-Haadyai
Tailandia
Industrial
Phuket
Tailandia
Industrial

Fuente: http://www.info-just.com/

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