Esta medida se sustenta en el Artículo 2, inciso f, de la Ordenanza Municipal N° 2941/2011 de Residuos Sólidos Urbanos, que indica que la autoridad de aplicación del relleno sanitario de gestión municipal, será la encargada de emitir un documento por escrito indicando las condiciones necesarias para la admisión al mismo.
Los interesados deben acercarse a las oficinas de la Dirección Municipal de Ecología y Medio Ambiente, sito en Estrada 770, donde se les hará entrega de un talón de cobro de la tasa que constituye el Código Tributario por Ordenanza Municipal N° 2934/2011, y cuyo importe dependerá del volumen que se requiera ingresar al relleno sanitario.
Cabe destacar que el pago podrá efectuarse tanto en la Dirección Municipal de Rentas, ubicada en Rosales y Luis Pi, como en las oficinas de Rapipago o Pago Fácil.
