Y no es cualquier modificación, es un proyecto que cambia las reglas de juego en un tema altamente sensible como es el nombramiento y remoción de jueces, uno de los poderes básicos de nuestro sistema republicano, corazón de la democracia y de nuestra forma de vida que con tanto ahínco defendieron nuestros mayores y por el cual dieron sus vidas tantas personas.
Aquí Sr. Presidente quiero hacer la primera observación: ¿Por qué plantearlo de esta manera?; ¿Por qué, algo que marcara no solo el presente sino el futuro de nuestro país, tiene que salir con forcep?; ¿Por qué no se puede generar el debate, la consulta, la búsqueda de consensos entre los distintos actores de la sociedad?; ¿Por qué no nos tomamos el tiempo para que un tema trascendental como este no sea una competencia con ganadores y perdedores tan ajustados que hacen que sea un triunfo o lo Pirro?; ¿Por qué nos obligan a tomarlo o dejarlo sin poder enriquecerlo?.
Soy absolutamente consiente que el Poder Judicial, como los otros poderes, necesita reformarse, aggiornarse a la realidad que vivimos, ser más ágil, más transparente, más justo y equitativo con todos, que haya una sola justicia y un trato igualitario; pero ¿este es el rumbo?; ¿estas son las modificaciones que hacen falta?, creo que no, creo que nos quedamos a mitad del camino y así nunca vamos a alcanzar el objetivo que la sociedad reclama.
Adentrándonos en el proyecto en sí, quiero señalar Sr. Presidente que el análisis no lo baso solamente en la actualidad sino en lo que pueda suceder principalmente en el futuro en la Argentina.
Llevar la elección de los miembros del Consejo de la Magistratura, tanto en su carácter de magistrados, abogados como académicos al voto popular integrando listas con los candidatos políticos es uno de los meollos de este proyecto de ley.
Por un lado la discusión con respecto a lo señalado en el Art. 114 de la Constitución Nacional y el espíritu del constituyente cuando se redactó el mismo, ya que podría alterarse el equilibrio entre la representación de los órganos políticos electivos de los jueces y abogados de la matricula federal, quebrándose la representación sectorial que consagra el propio texto de la Constitución, situación que pone en duda la constitucionalidad de la reforma planteada.
Por otro lado, la elección directa y popular de los representantes de los magistrados, abogados y académicos obliga a militar a los mismos en los distintos partidos, teniendo que asumir compromisos políticos que lo condicionaran a futuro en el desempeño de la tarea. Imaginemos un partido que obtiene una cantidad importante de votos: gana el ejecutivo, tiene mayoría en las Cámaras y con este proyecto tiene mayoría en el Consejo de la Magistratura. O sea, la suma del poder público. Y esto es peligroso para la Republica. Ya lo dijo el General: Todos somos buenos, pero si nos controlan mejor. Como frutilla del postre, se modifican los 2/3 que se necesitan en la actualidad para tomar decisiones por una mayoría absoluta del total de los miembros.
La garantía de equilibrio al interior del Consejo de la Magistratura se encontraría seriamente comprometida, ya que una sola mayoría, por si misma, podrá adoptar las decisiones de tan fundamental Organismo del Estado.
Sr. Presidente, se podría abundar en consideraciones con relación al tema que nos trata, pero la mayoría seria repetitiva de los fundamentos que se vertieron en esta Cámara.
Quiero simplemente recordar el Art. 16 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano dado en Francia en 1789 “toda sociedad donde no está asegurada la garantía de los derechos, ni determinada la separación de los poderes, no tiene constitución”.
Su fundamento, expresado con las palabras de Montesquieu en su obra “El espíritu de las leyes” es claro: “es una experiencia eterna que todo hombre investido de poder tiende a abusar de él, yendo hasta donde encuentra límites” y “para que no se pueda abusar del poder, es necesario que, por disposición de las cosas, el poder detenga al poder”.
Finalmente Sr. Presidente y terminando mis fundamentos, me da la sensación que se pretende instaurar, como dice Roberto Gargarella, una práctica legalmente objetable que es que en el medio de la partida, el jugador principal cambia las reglas del juego, que es como si se modificaran las normas del ajedrez o de una partida de cartas mientras se está jugando.
Por todo lo expuesto Sr. Presidente, anticipo mi voto negativo al presente proyecto de ley.
Garramuño cumplió y votó en contra
Juev 25/04/13 12;39 hs.-Tal y como habia adelantado el Diputado Nacional Jorge garramuño voto en contra de la modificacion del Concejo de la Magistratura y esto digo en el recinto:»Vienen a tratamiento de esta Cámara de Diputados el proyecto de ley elaborado por el Poder Ejecutivo que tiende a introducir modificaciones en la Ley del Consejo de la Magistratura N° 24937 -y sus modificatorias- y en la normativa que regula la administración del Poder Judicial».
