EL articulo 128 de la constitucion no preve la jura del vicegobernador como gobernador

Mart 03/12/19.- El articulo 128 de la Constitución Provincial es muy claro respecto de la posible jura del vicegobernador como gobernador, Juan Carlos Arcando no puede asumir como gobernador, porque fue electo como vice y asi debe terminar su mandato.

Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego, articulo 128, Acefalia, el vicegobernador no puede asumir como gobernador porque asi lo estipula la Carta Magna Provincial, ademas el certificado de la Justicia Electoral que Juan Carlos Arcando obtuvo en las elecciones de 2015, es el de vicegobernador, no de gobernador, por tal motivo estaría incurriendo en usurpación de cargo, títulos y honores. La acefalía se da por la renuncia de la gobernadora Rosana Bertone para asumir su cargo de diputada nacional el día 10 de diciembre, mientras que Gustavo Melella asumira el dia 17 de diciembre, segun los especialistas es inadmisible que esto ocurra.

Acefalía Artículo 128.- En caso de enfermedad, ausencia, muerte, renuncia o destitución del Gobernador, el Poder Ejecutivo, será ejercido por el Vicegobernador hasta la finalización del período constitucional.
Si el Gobernador electo no llegare a ocupar el cargo, se procederá de inmediato a una nueva elección de Gobernador para el mismo período.
Si en la fecha en que debieren cesar el Gobernador y Vicegobernador salientes no estuvieren proclamados los reemplazantes, hasta que ello ocurra ocupará el cargo quien deba sustituirlos en caso de acefalía.

Gobernador y Vicegobernador
Artículo 123.- El Poder Ejecutivo de la Provincia será ejercido por un Gobernador o en su defecto, por un Vicegobernador elegido al mismo tiempo, en la forma y por igual período que el Gobernador.

Ocurrió en el caso de la destitución del ex gobernador Jorge Colazo, reemplazado por el vicegobernador Hugo Coccaro, que asumió como vicegobernador a cargo del poder ejecutivo, pero no como gobernador.

Esta situación va en contra de la institucionalidad, dela provincia y claramente violatoria de la Constitución de Tierra del Fuego.

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