El primer vuelo de Brasil a las islas Malvinas fue habilitado por la Justicia

Mierc 20/11/19.- El juez federal Luis Rodríguez rechazó una medida cautelar que había sido presentada por la abogada Valeria Laura Carreras, ante supuestas irregularidades en la relación bilateral Argentina-Reino Unido por parte del gobierno de Mauricio Macri. La sentencia ratifica la habilitación del vuelo comercial semanal desde San Pablo (Brasil) a Malvinas que hoy se pone en marcha con escala mensual en el aeropuerto de la ciudad de Córdoba, mediante Decreto 602/2019 firmado por el presidente Mauricio Macri.

El juez federal Luis Rodríguez ratificó la realización del vuelo de la empresa Latam que desde este miércoles unirá San Pablo (Brasil) y Córdoba con las Islas Malvinas, al rechazar un pedido de medida cautelar para suspender ese servicio, se informó oficialmente en Tribunales.

«Conforme los antecedentes reunidos, todos los organismos públicos argentinos intervinientes han sido contestes en resaltar que las Islas Malvinas corresponden a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur de la Nación Argentina y que el tramo Córdoba-Islas Malvinas es de cabotaje», escribió el juez en su resolución difundida por el Centro de Información Judicial (CIJ).

Añadió que «la aprobación de los tramos entre San Pablo e Islas Malvinas resultan alcanzados por los tratados bilaterales entre ambos Estados, que resultaba necesaria la autorización por vía de Decreto del Poder Ejecutivo Nacional por aplicación del art. 97 del Código Aeronáutico y que, a los fines de la ley 25.871, estos vuelos resultan análogos a los que a la fecha se continúan realizando al amparo del Decreto 1179/2002».

Ese decreto autorizó a Lan Chile (ahora fusionada con la brasileña TAM) a «explotar servicios regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo utilizando aeronaves de gran porte».

También destacó el magistrado la «legítima e imprescriptible soberanía de la Nación Argentina sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes» a partir de los informes solicitados.

Por ello Rodríguez resolvió que «el análisis de todos los elementos probatorios que a criterio de la judicatura resultaban pertinentes, impide considerar reunidos los requisitos de admisibilidad de la medida cautelar propiciada» por la Fiscalía «para preservar al Estado Argentino de ‘posibles daños económicos graves’».

En consecuencia, el juez resolvió «no hacer lugar a la suspensión de los vuelos correspondientes a las autorizaciones conferidas a «Tam Linhas Aéreas SA a través del Decreto N° 602/2019, dictado el 30 de agosto de 2019 por el Presidente de la Nación Argentina».

La denuncia y el pedido de cautelar fueron efectuados por la abogada Valeria Laura Carreras el 24 de septiembre, quien advirtió sobre supuestas irregularidades en la relación bilateral Argentina-Reino Unido por parte del gobierno de Mauricio Macri.

En ese marco, el fiscal Jorge Di Lello había imputado a Macri, al ministro deTransporte, Guillermo Dietrich, al secretario de Energía, Gustavo Lopetegui; al ex Ministro de Energía y Minería Juan José Aranguren y al canciller Jorge Faurie por supuesta «traición a la patria» en un expediente donde se planteó la cuestión del vuelo a Malvinas.

El vuelo es parte de los compromisos diplomáticos asumidos a sola firma por el presidente Mauricio Macri con el gobierno de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en septiembre de 2016, en el marco del Acuerdo Foradori Duncan, refrendado por el Decreto 602/2019 de agosto de este año.

Se trata de la segunda conexión semanal con la que contarán los colonos británicos bajo los servicios operados por la misma compañía aérea. La primera, desde Santiago de Chile, con escala mensual en Río Gallegos. La segunda, desde la ciudad brasilera de San Pablo; también con escala mensual en una ciudad continental de la Argentina; en este caso en Córdoba.

FUENTE:ambito.com

loading...

Etiquetas:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *